La demanda contra Cabify que exigía al Ministerio de Transporte el cierre inmediato de la plataforma en el país, fue denegada por la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín, ya que es considerada improcedente.
Hace unas semanas, el ciudadano Jorge Elicer Úsuga, quien ejerce como taxista de la ciudad de Medellín, solicitó al Ministerio de Transporte y al Ministerio de Tecnologías de la Información el cierre inmediato de Cabify, por medio de una acción de tutela instaurada al Tribunal Superior de esta ciudad.
De acuerdo a su queja, la plataforma afecta gravemente los derechos fundamentales al trabajo, a una vida digna y al salario mínimo vital y móvil. El ciudadano manifestó también que “el servicio no está respaldado por una empresa habilitada y la aparición de la plataforma ha hecho que se reduzcan los ingresos de los conductores de vehículos tipo taxi, afectando el derecho al trabajo”.
Además, en su queja señalaba que muchos usuarios por dejarse llevar en la “moda de la era digital y las telecomunicaciones” han decidido acudir a estos servicios de transporte, que considera, ilegales.
El Tribunal Superior de Medellín rechaza la demanda contra Cabify
Ahora, la acción de tutela ha sido denegada por improcedente. La notificación de la improcedencia de la demanda contra Cabify señala que “para la sala, en este específico caso no se advierte que el prejuicio sufrido por el actor sea inminente y grave, teniendo en cuenta que las denominadas aplicaciones móviles para el servicio de transporte público de pasajeros, como el mismo actor lo dijo, aparecieron en el mercado desde hace cuatro o cinco años, aproximadamente”.
Es así que en ese sentido, no se prevé que se requieran medidas impostergables y urgentes por parte del juez de tutela, teniendo en cuenta que la afectación a la que alude el ciudadano viene presentándose desde hace años y no existe prueba alguna que demuestre la proximidad de un daño grave e irreparable a los derechos fundamentales del accionante, como el trabajo, la vida en condiciones dignas y el mínimo vital.
Al respecto, el director general de Cabify, Camilo Sarasti, señaló que “no existen hechos u omisiones que den lugar a la supuesta vulneración de derechos fundamentales a los que hace alusión la demanda. En Cabify siempre hemos entregado un mensaje de respeto y tolerancia hacia todos los actores del sector, incluidos los taxistas”.
Sarasti concluyó su informe diciendo que “más opciones de movilidad siempre serán benéficas para los usuarios, y es él quien tiene la potestad para escoger qué servicio se acomoda a sus necesidades, no es un asunto de moda”.
Es necesario generar un marco legal adecuado a la economía colaborativa
Los sinsabores y problemas legales para las aplicaciones de servicio de transporte con conductor continúan no solo en Colombia, sino alrededor del mundo. El arribo de aplicaciones de economía colaborativa no solo han traído una nueva opción tanto para usuarios como para personas que quieren incursionar en el sector, sino también disrupción en sectores que antes no se habían preocupado por innovar.
La controversia o rechazo es inevitable mientras no se modifiquen los procesos legales para que la nueva tecnología pueda incursionar de manera libre, pero controlada y con satisfacción para todos los actores en los sectores en los que se incursiona.
Imagen: Shutterstock.com
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