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El gobierno ha expedido el decreto que regula el crowdfunding en Colombia, es decir, se reglamenta la actividad de financiación colaborativa, esto con el fin de promover el flujo de recursos para las pymes y la innovación financiera en el país.

A la fecha y de acuerdo con los cálculos del Ministerio de Hacienda, Colombia es el tercer país en la región con el mayor número de emprendimientos fintech, y al adaptar el modelo de financiación de crowdfunding se podrá avanzar en materia de uso de la tecnología y la innovación con el fin de mejorar el acceso y uso de servicios financieros a la población.

El decreto que regula el crowdfunding entró en vigor el 1 de agosto

El decreto que regula el crowdfunding, define esta actividad de financiación colaborativa como “una nueva actividad del mercado de valores, la cual podrá ser adelantada por las bolsas de valores, los administradores de sistemas de negociación de valores y sociedades anónimas de dedicación exclusiva, vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia”.

Esta reglamentación establece el funcionamiento de estas sociedades de financiación colaborativa que funciona de manera digital para clasificar y visualizar los proyectos productivos, con el fin de canalizar los recursos por parte de dos o más aportantes.

En este esquema, los proyectos se podrán financiar hasta por 10.000 salarios mínimos, que equivalen al día de hoy a 7.377 millones de pesos, si entre los financiadores se cuenta con inversionistas institucionales.

De no ser así, el tope máximo de financiación deberá ser de 3.000 salarios mínimos, mientras que los aportantes podrán destinar hasta el 20% de su patrimonio o de sus ingresos anuales hacia este tipo de financiación.

Qué es el Crowdfunding

El crowdfunding ayudará a complementar los esquemas financieros en Colombia

Además, de acuerdo al decreto, serán válidos los títulos valores representativos de deuda y los valores representativos de capital social. La ley que regula el crowdfunding señala que ésta se instrumentará por medio de la emisión de valores siguiendo un estándar simplificado, así que estas emisiones no constituirán una oferta pública de valores ni requerirán inscripción en el Registro Nacional de Valores y Emisores, RNVE.

De acuerdo al Ministerio de Hacienda, las entidades autorizadas para llevar a cabo esta actividad serán las “sociedades anónimas de objeto exclusivo que tengan como propósito poner en contacto a un número plural de aportantes con receptores que solicitan financiación en nombre propio para destinarlo a un proyecto productivo, las cuales se denominarán sociedades de financiación colaborativa, las bolsas de valores y los sistemas de negociación o registro de valores autorizados por la Superintendencia Financiera de Colombia, también podrán realizar la actividad de financiación colaborativa”.

Con esta propuesta, el Ministerio busca “unir esfuerzos entre sectores de la economía, lo cual implica abrir las puertas a nuevos jugadores para complementar los esquemas financieros tradicionales, basados en un alto componente tecnológico y modelos de negocio disruptivos”.

Con el ingreso de estos nuevos participantes, de acuerdo al Gobierno, se incrementará la competencia en el sector financiero, y es por ello que se verá una mayor innovación en la oferta de productos y servicios.

Imagen: Depositphotos

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